Resumen De Las Reglas Que Rigen El Uso De Los Profesionales De Rehabilitación En Los Casos De Compensación Laboral Para Los Trabajadores Lesionados

Un profesional de rehabilitación es un profesional independiente contratado o empleado por su patrón o por la compañía de seguros. Algunos de éstos son profesionales de rehabilitación médica y otros son profesionales de rehabilitación vocacional.

Sus Obligaciones

  1. En todo regimen de cuidado médico su cooperación juega un papel importante. En los casos de compensación laboral, usted debe cooperar tanto con su profesional de rehabilitación como con el proceso de rehabilitación o se le podrán suspender sus beneficios.
  2. Si su profesional de rehabilitación le pide a usted que firme el Formulario de Consentimiento conocido como el 25-C, usted deberá hacerlo. Este formulario le permite a él/ella revisar sus expedientes médicos actuales relacionados a su reclamación de compensación laboral. Si usted no firma el formulario de consentimiento, su patrón podrá solicitar que se le suspendan sus beneficios, pero usted tendrá la oportunidad de explicarle a la Comisión Industrial porqué usted no quiso firmar el formulario de consentimiento.
  3. Independientemente de que usted firme o no el consentimiento, el profesional de rehabilitación podrá tener comunicación limitada con su doctor o la oficina de su doctor en ciertas circunstancias tales como las siguientes:
  4.  para hacerle citas médicas y requerir expedientes médicos que se necesitan con urgencia;

  5. en emergencias médicas;

  6. cuando su salud o tratamiento se podrían ver afectados por un retraso o ameritara la acción inmediata;

  7. para darle la aprobación a su médico a que lleve a cabo tratamientos o exámenes médicos recomendados;

  8. cuando usted o su abogado han firmado el consentimiento correspondiente para permitir otros tipos de comunicación,

  9. si es su doctor quien inicia la comunicación; o

  10. si usted no se presenta a una cita o llega temprano o tarde a la cita y ve a su doctor a una hora distinta a la que estaba pautada.

Si su profesional de rehabilitación habla con su doctor sin su consentimiento previo o cuando usted no está presente, él/ella le deberá comunicar con prontitud la razón por la cual se comunicó con su doctor y lo que hablaron.

  1. Usted deberá permitir que su profesional de rehabilitación se reuna con usted y su doctor luego de que éste le haya hecho un examen en privado.
  2. Usted deberá cooperar con el desarrollo e implementación del plan individualizado de rehabilitación vocacional de su profesional de rehabilitación. La meta de este plan será lograr, según sea factible, que usted pueda regresar lo antes posible a un trabajo que pague un sueldo cercano al que tenía antes de la lesión.

 Sus Derechos

  1. En la primera reunión, su profesional de rehabilitación debe proveerle con una copia del sumario o la copia de las Reglas para Utilización de Profesionales de Rehabilitación en Compensación Laboral de la Comisión Industrial de Carolina del Norte.

  2. Su profesional de rehabilitación está acreditado por una organización profesional. Usted puede pedir una copia del código de ética de dicho grupo.

  3. Su profesional de rehabilitación le deberá informar a usted sobre cualquier conflicto de interés o relación que exista entre su profesional de rehabilitación y su patrón o la compañía de seguros.

  4. Su doctor es el que dirige su cuidado médico. Su profesional de rehabilitación no puede tratar de cambiarlo a otro doctor o decirle a éste qué clase de tratamiento le debe dar o a dónde debe usted ir para que le hagan exámenes médicos o recibir tratamiento médico adicional. Su doctor puede consultar tratamientos alternos con su profesional de rehabilitación.

  5. Usted tiene derecho a recibir copias de todos los informes preparados por su profesional de rehabilitación sin costo alguno. Usted también tiene el derecho de recibir toda la correspondencia que circule entre su profesional de rehabilitación y cualquier otra persona que esté involucrada en su cuidado y su caso, incluyendo su doctor(es), la compañía de seguros y su patrón. Si usted desea obtener copias de algunos o de todo éstos, usted deberá pedirle específicamente a su profesional de rehabilitación que se los provea. Su profesional de rehabilitación debe informarle a usted periódicamente sobre cualquier discusión que él/ella haya tenido con otras personas sobre su cuidado médico o su caso.

  6. Si su profesional de rehabilitación piensa darle a su doctor una descripción de su trabajo escrita o en videocinta, él/ella debe:

  1. Usted tiene derecho a que su doctor lo examine en privado, si así lo desea. Usted también tiene el derecho de tener a su profesional de rehabilitación en el cuarto de examen siempre y cuando su doctor lo permita. Una vez le han examinado en privado, si su profesional de rehabilitación desea hablar algo con su doctor, usted tiene el derecho de participar en dicha conversación, a menos que su doctor diga que existe una razón por la cual usted no debe de estar presente.

  2. Si su profesional de rehabilitación no sigue estas reglas o usted cree que tiene otras razones válidas, usted le puede pedir a la Comisión Industrial que quiten a su profesional de rehabilitación de su caso. Usted puede solicitarlo enviando una carta que le explique sus razones a la oficina de la Secretaria Ejecutiva de la Comisión Industrial y envíe una copia a la compañía de seguros y a su profesional de rehabilitación.

Información General

  1. La mayor preocupación y el asunto principal de su profesional de rehabilitación siempre debe ser lograr su rehabilitación médica y vocacional.

  2. Si su profesional de rehabilitación le está proveyendo ayuda para que usted regrese al trabajo, él/ella deberá desarrollar un plan individual diseñado exclusivamente para usted. El plan individualizado debe ser diseñado, según sea factible, para ayudarle a que vuelva a un trabajo lo más pronto posible que pague un sueldo cercano al que tenía antes de su lesión. Al desarrollar dicho plan y al recomendar cualquier trabajo, su profesional de rehabilitación debe tomar en consideración sus capacidades (edad, educación, experiencia de trabajo, habilidades físicas y mentales), impedimentos, intereses vocacionales y aptitudes.

  3. Su profesional de rehabilitación deberá tomar en consideración las necesidades de transporte para cualquier trabajo propuesto.

  4. Su profesional de rehabilitación no le puede pedir a usted que continue buscando trabajo si no existe una gran probabilidad de que usted pueda conseguir un trabajo adecuado. En algunas circunstancias, su profesional de rehabilitación puede recomendar que le den capacitación para que pueda ejercer otro tipo de trabajo.

  5. Su profesional de rehabilitación compartirá información pertinente y esencial con el representante de compensación laboral de la compañía de seguros y su patrón. Puede ser que a su profesional de rehabilitación se le pida que testifique en audiencias ante la Comisión Industrial con relación a algo que usted le ha dicho a él/ella.

  6. Si usted solicita una segunda opinión o si su patrón o la compañía de seguro lo envía a una segunda opinión o a un examen médico independiente, su profesional de rehabilitación puede preparar copias de su expediente, y coordinar la hora y el día de su cita. Sin embargo, su profesional de rehabilitación sólo podrá asistir a su segunda opinión o a su examen médico indepediente si usted lo permite.

  7. Su profesional de rehabilitación no le puede contestar ninguna pregunta sobre aspectos legales o darle asesoría legal. Si usted tiene abogado(a), usted le debe hacer las preguntas sobre temas legales a él/ella. Si usted no tiene abogado(a), puede hacerle sus preguntas directamente a la Comisión Industrial llamando al número (800) 688-8349.


Click here for a PDF of the two-page pamphlet version of A Summary for Injured Workers of the Rules Governing the Use of Rehabilitation Professionals in Workers’ Compensation Cases (revised April 14, 2008).


Go to N.C. Industrial Commission Rules for Utilization of Rehabilitation Professionals in Workers' Compensation Claims Page

Go to N.C. Industrial Commission Workers' Compensation Nurses Section Page


N.C. Industrial Commission ·   Workers' Compensation Nurses Section
4341 Mail Service Center ·   Raleigh, NC 27699-4341
Main Telephone: (919) 807-2500 ·   Fax: (919) 715-0282
NCIC Home Page: http://www.comp.state.nc.us/